Atención al cliente

 

RCI BANQUE, S.A.S.E., pone a tu disposición toda la información que necesitas sobre:

Servicio de Atención al Cliente de RCI BANQUE Sucursal en España

RCI BANQUE, S.A.S.E., de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ECO/734/04 de 11 de marzo, que desarrolla la Ley 44/2002 de Medidas de reforma del Sistema Financiero, dispone de un Servicio de Atención al Cliente, cuya finalidad es el conocimiento y resolución de quejas y reclamaciones.

Los datos de contacto del Departamento de Atención al cliente de RCI BANQUE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA:

Avenida de Europa, 1, Edificio A

28108 – Alcobendas, Madrid

Te puedes dirigir a este Servicio:

El plazo máximo establecido por nuestra Entidad para la resolución de las quejas o reclamaciones es de quince días hábiles desde la fecha de su presentación, para quejas y reclamaciones presentadas por usuarios de servicios de pago, y de un mes, para las quejas y reclamaciones no originadas en servicios de pago.

Una vez transcurrido ese plazo, si la queja o reclamación no hubiese sido resuelta por nuestra Entidad o, en caso de haberlo sido, no estuviese de acuerdo con la decisión, podrás elevar tu queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, ya sea por vía telemática, o por escrito a través del modelo oficial, siempre con la documentación requerida, dirigida a la siguiente dirección:

Banco de España, Servicio de reclamaciones, Calle Alcalá 48, 28014 Madrid

Acceso a la Oficina Virtual Banco de España

(*) De conformidad con la normativa vigente, para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente por escrito ante el Servicio de Reclamaciones o ante el Defensor del Cliente de la entidad de crédito.

Por último, nos complace facilitarte el acceso al siguiente documento que podría serte de utilidad:

REGLAMENTO SAC

Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros

Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.   

Orden EHA/1718/2010 de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, desarrollada por la Circular 6/2010 de 28 de septiembre del Banco de España, a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios. Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.

Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

Real Decreto Ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.

Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.

Real Decreto-ley 11/2015, de 2 de octubre, para regular las comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros automáticos.

Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

Orden ETD/699/2020, de 24 de julio, de regulación del crédito revolvente y por la que se modifica la Orden ECO/697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Información de Riesgos, la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Tarifas y comisiones

Información trimestral sobre las comisiones y tipos practicados u ofertados de manera más habitual en las operaciones más frecuentes y con los perfiles de clientes más comunes que sean personas físicas.

Anexo 1 de la Circular 5/2012, del 27 de junio del Banco de España a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamo (pdf)

Tarifas máximas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a clientes

Fondo de garantía de depósitos

RCI BANQUE, S.A.S.E., está adherida al Fondo de Garantía de Depósitos y Resolución francés (Fonds de Garantie des Dépôts et de Résolution) que ofrece una protección de hasta 100.000 euros por titular y entidad de crédito (la misma cantidad garantizada por los fondos de garantía de depósitos en toda la Unión Europea, incluida España).

Así, si contratas un depósito con la ENTIDAD, el principal depositado estará protegido hasta un importe máximo de 100.000 euros.

Si tiene más depósitos en la misma entidad de crédito, todos tus depósitos se suman y el total está sujeto al límite de 100.000 euros.

El Fondo de Garantía de Depósitos y Resolución francés, en adelante FGDR, compilaría todos los datos necesarios de la ENTIDAD y luego realizaría las transferencias (por el importe depositado, en caso de ser éste inferior o igual a 100.000 euros, o por importe de 100.000 euros, de ser la cantidad depositada superior a este límite) a los clientes, dentro de los 7 días posteriores al inicio del procedimiento de devolución. Si el FGDR necesitara información adicional del cliente, se la solicitaría al cliente directamente.

Contacto FGDR: 65, rue de la Victoire 75009 Paris – France.

Tel.: +33 (0)1 58 18 38 08 Fax:+33 (0)1 58 18 38 00

contact@garantiedesdepots.fr

Para más información: www.garantiedesdepots.fr

Información adicional:

Más información sobre el proceso del Fondo de Garantía de Depósitos y Resolución francés, en la siguiente web: https://www.garantiedesdepots.fr/es/la-proteccion-de-su-dinero-en-caso-de-insolvencia-financiera-grave-de-su-banco

Prevención del blanqueo de capitales

Todas las entidades financieras estamos obligadas a cumplir con determinadas obligaciones de diligencia, en orden a lograr un adecuado conocimiento del Cliente.

A fin de dar cumplimiento a la legislación española vigente, así como las normativas y regulación a nivel europeo y los más altos estándares de organismos internacionales principalmente representados por las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), RCI BANQUE, S.A.S.E., ha desarrollado políticas de admisión, identificación y conocimiento del cliente o índole de la relación de negocios, las cuales tienen como finalidad, entre otras, la de prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica para blanquear los capitales procedentes de cualquier tipo de participación en la comisión de un delito.

En relación con ello, debemos disponer de una copia digitalizada de determinados documentos de nuestros clientes para poder verificar su identidad, su actividad económica o profesional o el origen de sus fondos. El incumplimiento de este requisito legal, tal y como marca la normativa, nos obliga a establecer limitaciones operativas, bloquear e, incluso, cancelar, todas las cuentas contratadas por los clientes que no aporten dicha documentación.